20 de agosto de 2014

NUEVO CONVENIO INSTITUTO MUJER Y CONSEJO DE LA ABOGACIA DE CASTILLA LA MANCHA

      Con fecha 4 de julio de 2014, se ha firmado un nuevo convenio de colaboración entre el Instituto de la Mujer de Castilla la Mancha y el Consejo de la Abogacía de Castilla la Mancha para el desarrollo del Programa de Asistencia Jurídica-Procesal A MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO EN CASTILLA LA MANCHA por el que se AMPLIAN Y MEJORAN los servicios prestados por el turno de oficio especializado en Violencia de Género en los Colegios de Abogados de Ciudad Real, Albacete, Cuenca, Guadalajara, Talavera de la Reina y Toledo.

El objetivo principal del Convenio es la inclusión en el Turno Especial de Violencia de Género de aquellos procedimientos no amparado en éste por el procedimiento habitual de Asistencia Jurídica Gratuita, para que las mujeres víctimas de violencia de género, se encuentren plenamente asistidas y atendidas jurídicamente desde el principio hasta el final de todos los procesos, penales o civiles, relacionados con dicha problemática.
       
Este nuevo Convenio, continuador del vigente hasta diciembre de 2013, tiene una vigencia para los años 2.014 y 2.015.

8 de agosto de 2014

Entra en vigor el Convenio Europeo de Estambul sobre Violencia de Género

El Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia sobre la mujer y doméstica -Convenio de Estambul- ha entrado en vigor el día 1 de Agosto de 2104 en España, aunque no supondrá ninguna reforma jurídica. Aunque España ya publicó el convenio en el Boletín Oficial del Estado el pasado 6 de junio, este marco jurídico común entra en vigor en esa fecha una vez alcanzado el número mínimo de diez estados miembros que lo han ratificado. Hasta ahora, lo han ratificado Albania, Andorra, Austria, Bosnia y Herzegovina, Dinamarca, Italia, Montenegro, Portugal, Serbia, España y Turquía.

España se suma a este compromiso político de lucha contra la violencia de género y por la igualdad, que supone el primer instrumento de carácter vinculante en el ámbito europeo en esta materia y el tratado internacional de mayor alcance para hacer frente a esta lacra.

La violencia contra la mujer se reconoce como una violación de los derechos humanos y como una forma de discriminación, considerando responsables a los estados si no responden de manera adecuada. Entre los fundamentos del convenio están el de prevenir la violencia, proteger a las víctimas y entablar acciones judiciales contra los agresores. Además, incluye sensibilizar y hacer un llamamiento a toda la sociedad, especialmente a los hombres y niños, para que cambien de actitud y rompan con una cultura de tolerancia y negación que perpetúa la desigualdad de género y la violencia que la causa.

Destaca la importancia de una actuación coordinada de todos los organismos y servicios oficiales pertinentes y la sociedad civil y establece la recogida de datos estadísticos y de investigación sobre todas las formas de violencia contra la mujer.

El convenio contempla como delito todas las formas de violencia contra la mujer: la violencia física, psicológica y sexual, incluida la violación; la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso, el aborto forzado y la esterilización forzada. Esto implica que los estados deberán introducir en sus sistemas jurídicos estos delitos, que España ya los incluye en su ordenamiento.

El matrimonio forzado se introduce como delito en el proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal, que está tramitándose en el Congreso.

El convenio recoge medidas ya consolidadas en España como la formación de los distintos colectivos de profesionales que intervienen en las situaciones de violencia de género, el teléfono 016 y un sistema de información estadística de datos relativos a violencia de género.