9 de julio de 2012

GUIA RECURSOS VICTIMAS VIOLENCIA DE GÉNERO














INDICE:

PRESENTACIÓN:
-Definición de violencia de género y sus diferentes tipologías.
-Indicadores del  maltrato.

SERVICIOS DE ATENCIÓN TELEFÓNICA

RECURSOS:


     1.   CENTROS DE LA MUJER:
                   
     2.  ALOJAMIENTO Y PROTECCIÓN
          Centro de urgencias
          Casas de acogida
          Casas de acogida mujeres jóvenes
          Casa de acogida para mujeres victimas de trafico explotación sexual o violencia


    3 .TELEASISTENCIA MÓVIL. OTROS DISPOSITIVOS


    4. FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO


    5. AYUDAS  VICTIMAS VIOLENCIA GÉNERO.
  
·         Renta activa inserción (RAI)
·         Ayudas  solidaridad
·          Ayudas de sociales
·         Ayudas materia vivienda.



6. BONIFICACIONES //REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN LABORAL:

  • Contratos bonificados
  • Contratos interinidad.

7. PROTECCIÓN POR DESEMPLEO A LAS VICTIMAS VIOLENCIA DE GÉNERO.

8. LEGISLACION  DE INTERÉS.























PRESENTACIÓN:
        
 La violencia contra las mujeres tiene su origen en la desigualdad entre mujeres y hombres y sólo desde una intervención integral que abarca todos los ámbitos de la sociedad  ( educación , justicia, empleo, recursos sociales, etc se podrán aunar esfuerzos para erradicar esta lacra de nuestra sociedad.

La lucha efectiva contra la violencia que padecen las mujeres debe desarrollarse en el espacio de la vida pública, porque se trata de una flagrante violación de los derechos humanos que hay que combatir con toda la fuerza y todos los instrumentos del sistema democrático, para impedir que día a día se siga practicando ese de terror de puertas adentro del hogar por quienes de puertas afuera pretenden aparecer como ciudadanos de intachable conducta


El objetivo de esta guía es recoger de una manera muy gráfica pautas e indicadores que nos den pistas acerca de cómo se tiene que actuar en caso de ser victima de violencia de género , pretende  recopilar información de utilidad a manejar  ante casos o sospechas de violencia de  género facilitando recursos y servicios puestos a disposición de la ciudadanía para la lucha efectiva contra la violencia hacia las mujeres.


DEFINICIÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y SUS DIFERENTES TIPOLOGÍAS:
        
         Según las  Naciones  Unidas se considera  violencia  contra las mujeres: todo acto que tenga o pueda tener  como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para las mujeres. Inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privacidad arbitraria de libertad, tanto si se produce en la vida pública o privada.

Tipologías de la violencia:

       Violencia psicológica: Aquellos actos dirigidos contra las mujeres que impliquen humillaciones y desvalorizaciones, chantaje y coacción, que ocasionen en la víctima sentimientos de culpabilidad y/o miedo con un afán de control sobre ella.
       Violencia física: Cualquier acción no accidental que provoque daño físico alas mujeres como son los golpes, empujones, zarandeos, bofetadas, intentos de estrangulamiento etc
       Violencia sexual: Coacción para mantener relaciones sexuales no consentidas  puede implicar violencia física o no ( se incluyen las situaciones de este tipo tanto dentro como fuera de las relaciones de pareja)
       Violencia social: Estrategias dirigidas a provocar el aislamiento de las victima de sus redes sociales , a través de la desvalorización por parte del hombre hacia el entorno familiar y/o social de la mujer.
       Violencia económica: implica el control de los recursos económicos ( bienes comunes y dinero) por parte del hombre, excluyendo a la mujer de su manejo y toma de decisiones).


CÓMO DETECTAR SI UNA MUJER ESTA SUFRIENDO MALOS TRATOS:
No existe un perfil general de mujer maltratada. todas las mujeres  sin distinción de edad origen étnico, etc    son susceptibles de ser victimas de este tipo de violencia.

Eres víctima...
·                          Cuando tu novio, marido o compañero te golpea, te insulta, te amenaza, te hace sentir humillada, estúpida, inútil...
Eres una mujer maltratada
·                          Si te impide ver a tu familia o tener contacto con tus amigos, vecinos...
Eres una mujer maltratada
·                          Si no te deja trabajar o estudiar.
Eres una mujer maltratada
·                          Si te quita el dinero que ganas o no te da lo que precisas para las necesidades básicas de tu familia...  
Eres una mujer maltratada  
·                          Si te controla, te acosa y decide por ti...  
Eres una mujer maltratada  
·                          Si te descalifica o se mofa de tus actuaciones...  
Eres una mujer maltratada  
·                          Si te castiga con la incomunicación verbal o permanece en presencia de los hijos, invitándoles a no tenerte en cuenta...  
Eres una mujer maltratada  
·                          Si te impone el acto sexual    

Qué hacer si eres victima violencia genero
·                          Solicita ayudaen el Centro de la mujer, Centro de Servicios Sociales o trabajador/a social más próximo a tu domicilio.
·                          Si existen lesiones,
dirígete al consultorio médico, centro de salud o al servicio de Urgencia de los hospitales. Solicita copia del informe médico o del parte de asistencia.
·                          Si has sufrido agresión sexual,
has de solicitar, además, revisión específica por si existiese riesgo de embarazo y/o enfermedad de transmisión sexual y pide asesoramiento al respecto.
·                          Denuncia los hechos
en el cuartel de la Guardia Civil, Policía local, comisaría de Policía o Juzgado de Guardia. Facilita todos los datos posibles sobre las circunstancias en las que se produjo la agresión, sin ocultar ni omitir detalles. Haz constar si has sufrido antes malos tratos. Pide una copia de la denuncia.
·                          Solicita protección y el alejamiento
del agresor en el juzgado correspondiente (Orden de Protección), que podrá ser acordada por el/la juez/a.
·                          Si permaneces en casa,
toma las medidas de seguridad necesarias, procediendo al cambio de cerradura, de teléfono, denunciando cualquier acoso por parte del agresor... Y si acudes a casa de familiares, amigos, o a algún centro de acogida, no facilites direcciones ni confíes en los "intentos de reconciliación tras el arrepentimiento. Vas a encontrar ayuda.
·                          Si corres peligro,
puedes abandonar el domicilio familiar sin que te suponga pérdida de derechos, siempre que en el plazo de 30 días se soliciten MEDIDAS PROVISIONALES, o DEMANDA DE SEPARACIÓN en el juzgado.
·                          Si no puedes regresar a tu domicilio
y no tienes a dónde ir, pide ayuda. La Policía o la Guardia Civil te acompañarán a recoger tus cosas personales y te informarán sobre las CASAS DE ACOGIDA y CENTROS DE URGENCIA donde serás atendida y alojada con tus hijos e hijas si los tienes.
·                          Al salir de casa procura llevar contigo:
libro de familia, DNI, pasaporte, cartilla y tarjetas de asistencia sanitaria, tu nómina y la de la persona con la que convivas, declaración de la renta, documentación bancaria y tarjetas de crédito, dinero, llaves, informes médicos, ropa, medicamentos, libros de escolaridad tuyos y/o de tus hijos e hijas, agenda de direcciones, permiso de trabajo (en caso de no tener nacionalidad española), escrituras de propiedad, permiso de conducir...
ESPECIAL ATENCIÓN A LOS MENORES
Si tienes hijos y/o hijas, los malos tratos también les afectan. Los/as profesionales que te atienden han de valorar el estado en que se encuentran (de salud, de atención, de escolaridad). Igualmente les repercuten las medidas legales que se deriven de tu situación familiar: establecimiento de visitas del padre o prohibición de las mismas, derecho a pensiones por alimentos, protección social, etc.
Existen recursos específicos para menores, donde puedes acudir para solicitar información o atención especializada:
·                          Trabajadores/as sociales
·                          Departamento de Menores en las Delegaciones Provinciales de Bienestar Social
·                          Unidades de Salud Mental Infantil y Juvenil
·                          Equipos multiprofesionales de los colegios.


SERVICIOS DE ATENCIÓN TELEFÓNICA:


Puedes llamar a alguno de los  siguiente teléfonos:

091   Policia Nacional


062    Guardia Civil


092   Policia Local


016 Información y ayudas  a las victimas


900 100 114   Teléfono urgencia malos tratos


CENTRO DE LA MUJER  VALDEPEÑAS

     
Los Centros de la Mujer constituyen una red de servicios que lucha por la implicación de toda la sociedad en la puesta en marcha de actuaciones orientadas a la consecución de la igualdad real entre hombres y mujeres en todos los ámbitos.
Los Centros ofrecen información, orientación y asesoramiento a las mujeres de Castilla-La Mancha, en materia laboral y empresarial, derechos fundamentales, salud y servicios sociales.

El Centro de la Mujer del Excmo Ayuntamiento de Valdepeñas, es un espacio pensado para avanzar y consolidar la plena incorporación de la mujer en todos los ámbitos de la vida, superando toda discriminación laboral, social, cultural, económica o política.

Su objetivo es ofrecer, de forma gratuita, información sobre sus derechos e igualdad de oportunidades, facilitando orientación y asesoramiento, en materia jurídica, psicológica, laboral, empresarial, servicios sociales, dinamización cultural, salud, ocio y tiempo libre, entre otros, realizando actividades y programas para conseguir la plena participación de las mujeres en la sociedad, dando una respuesta inmediata a sus necesidades, asegurando calidad y confidencialidad.


COMO ESTABLECER CONTACTO:

El Centro de la Mujer se encuentra ubicado en dos espacios:

  • Centro de Servicios Sociales
C/ Manuel León, 3. Tf: 926312504 / Fax: 926324400
Correo electrónico: centromujer@valdepenas.es


  • Centro de Innovación, Empresas y Empleo
Parque Empresarial Entrecaminos
Avda de España s/n. Tf: 926346300 / 926346298 / Fax: 926 347863
Correo electrónico: centromujerempleo@valdepeñas.es
www.valdepenas.es/ude


Atención en Moral de Calatrava: Jueves de 9:00 a 12:00 horas (Centro de Servicios Sociales)

SERVICIOS :

ASESORAMIENTO JURIDICO:
        
-Asesoramiento jurídico a  las mujeres con especial necesidad  de ayuda, en concreto:
       Victimas de violencia de género
       Mujeres en trámites de separación y divorcio.
Solicitud de justicia gratuita del ilustre colegio de abogados de ciudad real para la representación y defensa           gratuita de las mujeres en casos de violencia, mediante un turno especializado que  asiste a las mujeres desde el mismo momento  de la interposición de la denuncia ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
 -     Realización de informes para tramitación de recursos, ayudas y/o requerimientos de otras administraciones.      
Orden de protección( medidas penales-orden de alejamiento. Medidas civiles, )
Solicitud  de ayudas  económicas
Derechos de visitas de hijos/as con el agresor
Puntos de encuentro familiar
       Recursos de acogida.etc


AREA PSICOLÓGICA:

-Información, orientación y apoyo psicológico a las mujeres con especial necesidad de  ayuda y especialmente a las victimas de violencia de género.
-Apoyo psicológico a otras problemáticas relacionadas con problemas de pareja, procesos de duelo , orientación familiar, etc
-Realización de informes para tramitación de recursos , ayudas y/o por requerimientos de otras administraciones
-Evaluación de riesgos de situación de violencia de género y tramitación de recursos de protección ( DLI, Teleasistencia , recursos de acogida etc
-Seguimiento de órdenes de protección existentes en la localidad.etc

AREA EMPLEO Y EMPRESAS.

Los servicios ofrecidos, desde el Area de Empleo del Centro de la Mujer, son los siguientes:

desempleadas / mejora de empleo:
-Inscripción y actualización en la base de datos del Servicio Local de Empleo.
-Orientación individualizada, para ayudar a decidir sobre el futuro profesional y la búsqueda dede empleo.
-Información sobre cursos, seminarios, ofertas de empleo público y privado, situación del mercado de trabajo, tipos de    contrato, etc.
-Aviso a través de mensaje a móvil de información de interés y sobre oferta de empleo, cursos, actividades y programas.
-Difusión en los medio de comunicación (radio y televisión) de temas de interés y de las ofertas de empleo con una asiduidad semanal.

emprendedoras:
-Información y asesoramiento sobre ayudas y subvencionesTrámites a la constitución.
- Asistencia técnica a las iniciativas empresariales.

empresarios / as:
- Procesos de selección de personal.
- Ayudas y subvenciones a la contratación de mujeres.
AREA SOCIAL:

El Centro de la Mujer ofrece los siguientes servicios:
-          Informar y asesorar sobre recursos sociales que se disponen en la zona.

-      Organizar actividades que promuevan la igualdad de género allí donde la aportación del Centro de La Mujer sea necesaria.

-          Promover la participación de diferentes organismos y ámbitos; educativo, de salud, administración pública,… en las diversas actuaciones para la igualdad que se organicen.

-     Programa de información, orientación y asesoramiento individualizado sobre recursos y servicios sociales.

-        Información a las usuarias de las distintas actividades formativas, informativas,... programadas (bien desde el centro o desde otras instituciones) relacionadas con temas que puedan ser de su interés.

-          Diseño y elaboración de un tablón informativo donde dar difusión de toda esta información; recursos, actividades, noticias, formación, empleo,... Dicho tablón garantiza a la usuaria una información actualizada y adaptada a sus necesidades.


-        Información sobre recursos sociales que se dispone  en la zona, de ocio y cultura, educación formal, oferta formativa, actividades de tiempo libre, tramitación de ayudas para la obtención del permiso de conducción, deducción por maternidad, información y orientación sobre la renta activa de inserción, becas en empresas, recursos específicos para mujeres,…

  -      Potenciar el apoyo técnico destinado a las Asociaciones de mujeres para el desarrollo de actividades que promuevan la igualdad de oportunidades.

-  Trabajar con estas asociaciones con el fin de introducir la perspectiva de género en las actividades organizando actividades conjuntas.

-  Información en materia de asociacionismo; ayudas existentes, ventajas del asociacionismo, diseño y elaboración de proyectos,...


ALOJAMIENTO Y PROTECCIÓN:


CENTROS DE URGENCIAS:
Ofrecen protección y alojamiento por un corto espacio de tiempo (alrededor de 15 días) ante situaciones de emergencia.
La estancia permite una valoración de la situación de las mujeres, y sus hijas/os  para orientar su incorporación al  recurso más adecuado, como puede ser el ingreso en un alojamiento más duradero .Estos centros proporcionan asesoramiento e información a los Cuerpos de Seguridad , hospitales , juzgados, etc


 CASAS DE ACOGIDA PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO.

Espacios que ofrecen un alojamiento temporal, en un  entorno de seguridad con atención integral que promueve la recuperación de las mujeres y sus  menores hacia una autonomía personal.el funcionamiento d elas casas de acogida aplica un  protocolo de actuación común ( criterios de acceso, selección, tiempo de estancia, altas coordinación entre los recursos ….)

CASAS DE ACOGIDA PARA MUJERES JÓVENES:

   Recurso gestionado por ongS , para mujeres con una edad  comprendida entre los 18 y 30 años. Sean o no gestantes, con hijas e hijos a su cargo, en situación de desprotección sociofamiliar, con graves problemas de convivencia o victimas de violencia familiar.

CASA DE ACOGIDA PARA MUJERES VÍCTIMAS DE TRÁFICO , EXPLOTACIÓN SEXUAL Y VIOLENCIA.

Ofrece un alojamiento temporal, un entorno de seguridad con una atención integral y se encarga de la búsqueda de recursos sociales para que las mujeres víctimas de estos delitos alcancen su autonomía personal.


TELEASISTENCIA MÓVIL:

 
        El servicio de teleasistencia móvil para víctimas de violencia de género , es una modalidad de servicios que ofrece a las mujeres una  atención inmediata y a distancia , las 24 horas del dia , todos los días del año y sea cual fuere el lugar en que se encuentre .Permite que las mujeres en riesgos de sufrir  violencia de género puedan entrar en contacto con un centro  atendido por personal cualificado para dar respuesta a la crisis planteada, bien  por sí mismas o movilizando otros recursos humanos y materiales. Se facilitan gratuitamente en castilla la mancha existen dos sistemas de dispositivos:
  • Dispositivos propios de la Comunidad facilitados por  los servicios provinciales del instituto de la mujer y por los centros de la mujer.
  • Dispositivos de  carácter nacional a través de convenios  realizados con el IMSERSO y la FEMP facilitados a las mujeres por los servicios provinciales del instituto de la mujer , los centros de la mujer y por profesionales de servicios sociales de los municipales adheridos a este convenio.

La utilización de uno u otro dispositivo lo determina el organismo que lo tramita.

Cada beneficiaria autoriza la cesión de sus datos con el fin de que cuando realiza una llamada de emergencia se intervenga desde la policia local , fuerza y cuerpos de seguridad o desde cualquier otro serviciso ncesario para salvaguardar la integridad de la mujer . el dispositivo es devuelto cuando desaparecen las causas que motivaron su concesión.

DUALIA:

Servicio que garantiza el acceso ala información de los derechos de las mujeres que se encuentren en nuestra comunidad que no hablan castellano, ofreciéndoles un servicio de traducción de su idioma de origen.
Objetivos.
Mejorar la calidad de la asistencia a persona extranjeras.
Eliminar barreras idiomáticas y culturales  y facilitar la entrevista.


NAVEGAD@R:

Herramienta que contribuye al trabajo en la lucha contra la erradicación de la violencia de género y la atención a las víctimas y sus menores , facilitando y acercando la información  de todos los recursos y servicios en la atención y prevención de la violencia de género dentro de castilla la mancha, permitiendo  la traducción a cuatro idiomas, que cualquier persona pueda conocer la amplia red de recursos a los que acudir en caso de necesitar ayuda .
contenido:
Mapa interactivo con todos lo municipios de la  comunidad de Castilla la Mancha donde se despliega información sobre recursos existentes
Pautas de atención ante violencia   etc


FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO:
La gravedad de las consecuencias que determinados hechos violentos contra la mujer comportan y su trascendencia social, exigen una respuesta inmediata por parte de los servicios policiales.
La violencia de género ha superado en la actualidad su dimensión privada, siendo considerada, además de propiamente una conducta delictiva, un atentado grave contra la propia sociedad.
Conscientes de ello y dada la necesidad de las víctimas de violencia de género de disponer del mejor nivel de protección, se crean las
·         UNIDADES DE PREVENCIÓN, ASISTENCIA Y PROTECCIÓN (UPAP) en todas las Comisarías del Cuerpo Nacional de Policía.
La denuncia desde las diferentes instituciones relacionadas con el problema y, fundamentalmente, desde la propia víctima, permitirá la adopción de medidas que faciliten la reducción y el control de tan execrable actividad delictiva. Dicha denuncia, además de las consecuencias penales contra el agresor, permitirá que la víctima disponga de una protección especializada y personalizada, lo que redundará en la normalización de su vida en todos los órdenes: asistencial, judicial, económico y laboral.
·         EQUIPO DE MUJER-MENOR (EMUME), LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y LA EJERCIDA CONTRA LOS MENORES
El ámbito de actuación de los EMUME de la Guardia Civil comprende, por tanto:
·         La violencia en el entorno familiar, en todas sus formas.
·         Los delitos contra la libertad sexual, fuera y dentro del ámbito familiar.
·         Los delitos relacionados con la delincuencia juvenil.
·         El tráfico de seres humanos con fines de explotación sexual.
·         La pornografía infantil.
Organización y estructura
El personal de los EMUME se despliega en Puntos de Atención Especializada (PAE) de las Unidades de Policía Judicial de la Guardia Civil que alcanzan todo el territorio nacional. Este despliegue se realiza a nivel Central, provincial y comarcal.
El EMUME central apoya y complementa la actuación de los órganos territoriales.
El sistema de atención a mujeres y menores de la Guardia Civil se articula del siguiente modo:
·         Los Puestos de la Guardia Civil conocen e intervienen en primera instancia, en los casos acaecidos en su demarcación.
·         En casos de mayor importancia y complejidad interviene el Punto de Atención Especializada Comarcal al que corresponda. La Guardia Civil tiene desplegados 212 Puntos de Atención Especializada Comarcales.
·         En casos más graves que impliquen agresiones a víctimas especialmente indefensas interviene el Punto de Atención Especializada Provincial. Actualmente están desplegados 54 PAEs distribuidos en las Unidades Orgánicas de Policía Judicial de las Comandancias de la Guardia Civil (nivel Provincial).
·         Cuando concurren circunstancias de especial complejidad interviene el EMUME Central. El PAE Central se encuadra en la Unidad Técnica de Policía Judicial (Madrid).

OFICINAS DE ASISTENCIA  A LAS VICTIMAS DE DELITOS:
Es un servicio del Ministerio de Justicia atendidos por funcionarios/as formado por un equipo multidisciplinar para atender e informar  todo tipo de victimas de delitos pero principalmente a las personas que han sido victimas de delitos violentos. existe en cada capital de provincia u sus objetivos son:
Informar a las victimas sobre sus derechos y evitar la desprotección tras el delito
Orientar  jurídicamente  alas victimas para evitar la victimización secundaria.
Ciudad Real  C/ Eras del Cerrillo nº 3, 1º
Teléfono: 926278850


AYUDAS:

RENTA ACTIVA DE INSERCIÓN (RAI)

 
        Es un programa estatal de inseción laboral que comprende una ayuda económica  por un importe  del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento, 532,51 euros/mes para el año 2012.con una duración máxima de 11 meses y al que pueden acceder mujeres victimas de violencia de género en las siguientes condiciones:


      Ser demandante de empleo inscrito ininterrumpidamente en la Oficina del  servicio publico de empleo estatal.
      No tener derecho a las prestaciones o subsidios por desempleo o a la renta Agraria.

      Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, una vez divididos los ingresos totales de la unidad familiar por el número de miembros de esta. No haber sido beneficiario de la renta activa de inserción en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud del derecho a la admisión al programa, salvo en el caso de los que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33% o la condición de víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica.

      Suscribir un compromiso de actividad participando en las actuaciones que se acuerden con los servicios públicos de empleo 
Las víctimas de la violencia de género o víctimas de violencia doméstica que se hayan visto obligadas y acrediten cambio de su residencia en los 12 meses anteriores a la solicitud de admisión al Programa, o durante su permanencia en éste, podrán percibir en un pago único una ayuda suplementaria de tres meses de renta activa de inserción sin que ello minore la duración de dicha renta. Esta ayuda se podrá percibir una sola vez por cada derecho a la admisión al programa de renta activa de inserción.




AYUDAS DE SOLIDARIDAD A LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA.

 El objeto es conceder ayudas públicas a las mujeres víctimas de violencia doméstica que sufran lesiones, secuelas o daños psíquicos graves como consecuencia de aquella, que supongan un menoscabo en la integridad corporal o la salud física o mental que incapacite con carácter temporal o permanente a las mujeres que los sufran o determinen una lesión permanente no invalidante. La finalidad es mitigar la situación de desventaja social que sufren las mujeres víctimas por las secuelas o lesiones que padecen.
Destinatarios
Mujeres víctimas de violencia doméstica, que tengan su domicilio fiscal en territorio de la comunidad autónoma de Castilla-la Mancha y que sufran lesiones, secuelas o daños psíquicos graves como consecuencia de aquella.

A estos efectos, las lesiones, secuelas o daños psíquicos graves que darán derecho a las Ayudas de Solidaridad deberán suponer un menoscabo en la integridad corporal o la salud física o mental que incapacite con carácter temporal o permanente a las mujeres que los sufran o determinen una lesión permanente no invalidante.
Requisitos exigidos
Será requisito imprescindible que exista una gravedad suficiente como para dar lugar a declaraciones de incapacidad temporal mínima de 4 meses, incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, gran invalidez o una lesión permanente no invalidante.
Importes
- De derivarse una incapacidad temporal o lesiones permanentes no invalidantes, la cantidad máxima a percibir será de cinco veces el salario mínimo interprofesional mensual.
- De derivarse una incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, la cantidad máxima a percibir será de doce veces el salario mínimo interprofesional mensual.
- De derivarse gran invalidez, la cantidad máxima a percibir será de veinte veces el salario mínimo interprofesional mensual.
Criterios
Una vez recibidas y valoradas las slicitudes, la Comisión de Ayudas de Solidaridad elevará una propuesta fundada de ayuda teniendo en cuenta los principios de equidad, igualdad y solidaridad.

El importe máximo de la ayuda será corregido en función de la renta, el número de componentes de la unidad familiar, la situación socio-laboral y las secuelas o daños físicos o psíquicos de la víctima, no pudiendo en ningún caso ser inferior al triple del salario mínimo interporfesional mensual.
Las ayudas se concederán de oficio o a petición de la persona interesada.

La percepción de las Ayudas de Solidaridad será compatible con la percepción de indemnizaciones por los daños y perjuicios causados que se establezcan mediante sentencia, con las prestaciones que pudieran corresponder a la mujer vícitma de violencia por incapacidad temporal o incapacidad permanente, o por lesiones no invalidantes en un régimen público de la Seguridad Social, o con las que tuviera derecho a través de un sistema de de seguro privado u otras ayudas compensatorias públicas.



AYUDAS SOCIALES DIRIGIDAS A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO CON ESPECIALES DIFICULTADES PARA OBTENER UN EMPLEO

El objeto de las ayudas es establecer y aprobar las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas en beneficio de las mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y unas especiales dificultades para obtener un empleo.
Requisitos exigidos
- Ser victima de violencia de género
- Tener residencia efectiva en algún municipio de Castilla-La Mancha
- No convivir con el agresor
- Carecer de preparación general o especializada
- Tener especiales dificultades para obtener un empleo
- Carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75% del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias
Importes
El equivalente a seis meses de subsidio por desempleo, que se incrementará en los casos de que la víctima tenga responsabilidades familiares, tenga una discapacidad o tuviera a su cargo un familiar o un menor acogido discapacitado.
Criterios
El procedimiento de concesión de las Ayudas Sociales será el de concesión directa para la mujer que cumpla todos los requisitos.
El reconocimiento de las ayudas sociales dará derecho a la percepción de un pago único, no pudiendo la beneficiaria presentar una nueva solicitud.



AYUDAS A LA VIVIENDA

Ayudas al alquiler para mujeres victimas de violencia de género:
Qué requisitos hay que cumplir para obtener esta ayuda?
  • Ser una de las personas titulares del contrato de alquiler de vivienda. El contrato tendrá  una duración mínima de un año y una cláusula de prohibición de cesión o subarriendo.
  • La persona que reciba la ayuda no puede ser titular de otra vivienda , salvo que estás en una localidad diferente.
  • No se admiten contratos de alquiler entre familiares próximos. Con parentesco en primer o segundo grado d e consaguinidad o de afinidad o conyuge de la persona propietaria de la vivienda.
  • Esta ayuda no es compatible con la renta básica de emancipación

Las mujeres victimas de violencia de género tienen preferencia en el acceso a las ayudas al alquiler.

Además no es necesario que cumplan los requisitos que existen con carácter general.
Esos requisitos son: ocupar la vivienda en alquiler como domicilio  habitual y permanente , empadronarse en esa vivienda, disponer de una fuente regular de ingresos durante al menos los últimos seis meses y tener unos ingresos inferiores a 25000 euros( aproximadamente .

En que consiste  esta ayuda?
Ayuda general:
  • Una cuantía máxima anual del 40% de la renta anual a pagar, con un límite de 3200 euros anuales por vivienda.

Esto es independiente del número de titulares del contrato
  • Se recibirá como máximo durante 2 años
No se podrá obtener de nuevo esta ayuda hasta que haya transcurridos ala menosn5 años desde su reconocimiento.
  • El pago  de la ayuda se realizará  a trimestre natural vencido.

Para el cobro de la subvención es imprescindible no haber dejado ninguna mensualidades las rentas.

AYUDAS CLM PARA VIVIENDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA:


Cuantía del 50% de la renta  a pagar.
Las mujeres  victimas de violencia de género tienen preferencia    en la adjudicación de viviendas vacantes de promoción pública destinadas al alquiler, que pertenezcan al parque público de viviendas de la Junta de comunidades de castilla la mancha , sin que se exija límite de ingresos anuales y sin que sea necesario cumplir el requisito de empadronamiento en la localidad durante al menos dos años,

BONIFICACIONES /REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN LABORAL A VICTIMAS VIOLENCIA  DE GÉNERO. (MARZO 2012)

1. Contratos bonificados para trabajadoras que tengan acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género:

Requisitos de las trabajadoras:
-         No es necesaria la condición de que la víctima se encuentre en situación de desempleo.
-         La trabajadora no tiene que tener relación de parentesco por consaguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con el empresario o con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las  sociedades , así como con las contrataciones que se produzcan con estos últimos. No será  de aplicación esta exclusión  cuando el empleador sea un/a trabajador/a autónomo/a sin asalariados y contrate  a un solo familiar menor de 45 años que no conviva en su hogar  ni este a su cargo.. ni en el supuesto de  los hijos del/a trabajador/a autónomo menores de 30 años que trabajen con él/la, tanto si conviven como si no conviven..
-         La trabajadora no debe estar vinculado ala empresa en los últimos 24 mese a la contratación mediante contrato indefinido o en los últimos seis meses mediante un contrato de duración determinada o temporal o mediante un contrato formativo, de relevo o de sustitución por jubilación
Formalización, duración:
Los contratos objeto de las ayudas podrán realizarse con carácter indefinido, incluida la modalidad de fijos discontinuos. O temporales mediante contrataciones a tiempo completo o a tiempo parcial. Se formalizarán  por escrito en el modelo que disponga el servicio publico de empleo estatal.

Incentivos:
Cada contrato  indefinido dará derecho, desde la fecha de celebración del contrato  a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la seguridad social por trabajadora contratada víctima de violencia de doméstica de 70.83 euros /mes (850 euros /año) durante cuatro años. En el caso de víctima de violencia de género , la bonificación será de 125 euros/mes ( 1500 euros /año) durante  4 años.
Cada contrato temporal dará derecho a una bonificación de la cuota empresarial o de la seguridad social de 50 euros/mes ( 600 euros /año) durante toda la vigencia del contrato.

2. Contratos de trabajo de interinidad para sustituir a trabajadoras victimas de violencia de género:
Las empresas que formalicen contratos de interinidad para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género que hayan suspendido se contrato de trabajo o ejercitado su derecho a la movilidad geográfica o al cambio de centro de trabajo tendrán derecho a una bonificación del 100 % de las cuotas empresariales a la seguridad social por contingencias comunes, durante todo el periodo de suspensión de la trabajadora sustituida o durante 6 meses en los supuestos de movilidad geográfica a o cambio del centro de trabajo. Cuando se produzca la reincorporación, ésta se realizará en las mismas condiciones existentes en el momento de la suspensión del contrato de trabajo.



PROTECCIÓN  POR DESEMPLEO VICTIMAS VIOLENCIA DE GÉNERO:
 Si estás trabajando y sufres violencia de género :
  • Puedes solicitar la suspensión temporal de la relación la borla con reserva de puesto de trabajo.. la pérdida  temporal de empleo  se considera como situación de desempleo involuntario lo cual permite solicitar y obtener el derecho a cobrar prestación contributiva o subsidio siempre que se reúnan los requisitoas a nivel general.
El periodo de suspensión de la relación laboral se considera como periodo de cotización efectiva para prestaciones de jubilación o supervivencia, maternidad y desempleo..
  • Puedes solicitar la extinción definitiva de la relación laboral. Dicha  extinción definitiva por estas causas se considera como desempleo involuntario y por tanto permite solicitar y obtener el derecho a cobrar prestación contributiva o subsidio.

LEGISLACIÓN DESTACAR:

  • Ley 5/2001 de 17 mayo de prevención violencia y protección mujeres maltratadas.
  • decreto 38/2002 de 12 marzo  para la aplicación  de  la Ley de Prevención  de Malos tratos y Protección a mujeres maltratadas.
  • Ley Orgánica 1/2004 de 28 diciembre de medidas de protección integral contra la violencia de género.
  • Ley Orgánica 3/2007  de 22 marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • Ley 12/2010 de 18 noviembre de igualdad entre hombres y mueres de castilla la mancha.
  • Directiva 2002/73/ce del parlamento europeo relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres.
  • Plan Estratégico para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de castilla la mancha 2011-2016










  






















 

 

 
 


 

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